Este crédito es por gastos pagados para el cuidado de tus hijos menores de 13 años que califiquen, un cónyuge con discapacidad o dependientes, mientras tú trabajas o buscas trabajo. La cantidad del crédito puede ser tan alta como el 35% de los gastos pagados.
Requisitos
Para calificar para este crédito debes llenar la planilla de impuestos 1040, 1040A o 1040NR. No puedes llenar la planilla 1040EZ o 1040NR-EZ, también debes llenar los siguientes requisitos:
1. Los pagos por cuidado deben ser para la persona calificada o
el dependiente o dependientes incluidos en tu planilla de impuestos. Este debe ser menor de 13 años. Incluye tu esposo o esposa que no puede cuidarse por sí mismo y vivió contigo por más de la mitad del año. Una persona que no es su esposo o esposa, no puede valerse por sí mismo, vivió contigo por más de la mitad del año y es tu dependiente o
no es tu dependiente, pero lo hubiera sido pero recibió ingreso de $3,700, llenó una planilla conjunta o tú y tu esposo si llenan juntos califican como dependiente de otro contribuyente.
Si el dependiente o persona calificada nació o murió en el año correspondiente, es considerado que vivió con el contribuyente todo el año, si el tiempo que estuvo vivo vivió en le residencia del contribuyente.
2. Debes incluir el número de seguro social del dependiente o persona calificada. Si este no tiene un número de seguro social, incluye en lugar del seguro social su número de ITIN. Si no lo tiene, puedes aplicar para conseguir un ITIN.
3. Si pagó por el cuido de un menor que no es su dependiente, no califica para el crédito.
4. El contribuyente y su esposo si llenan juntos deben haber generado ingresos durante el año correspondiente.
5. El pago por el cuido de dependiente debe ser para que el contribuyente y el esposo si llenan juntos puedan trabajar o buscar trabajo.
6. Los pagos por el cuido del dependiente deben haberse hecho a una persona que no sea incluida como dependiente en la planilla. Si le paga a su hijo, este debe tener al menos 19 años al final del año correspondiente y no puede ser tu dependiente. No puedes hacer pagos por cuido de niño o dependiente a tu esposo o al padre de tu persona calificada si este es tu hijo y menor de 13 años.
7. Tu estado civil para fines de impuestos puede ser, soltero, cabeza de familia o viuda(o) calificado con un dependiente. Si eres casado, debes llenar junto a menos que te aplique un excepción.
8. Debes identificar el proveedor de cuidado de dependiente. Esto incluye, el nombre, dirección y número de identificación.
9. Si excluyes o deduces beneficio de gastos por cuido de dependiente obtenidos a través de un plan de beneficios, la cantidad que excluyes o deduces debe ser menor al límite de gastos, $3000 por un dependiente y $6000 por dos dependientes, el máximo que puede ser recibido es de $5000.


